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2011-03-25 Conductores Nóveles

fin de la restricción a los conductores nóveles

 Aprobada modificacion del  Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que la limitación de velocidad para los conductores noveles de 80 kilómetros por hora durante su primer año de conducción que se estableció en el año 1974, deja de ser obligatoria. 

 " El Anexo XI del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, recoge la señal V-13, sobre «Conductor novel», cuya finalidad es indicar que el vehículo está conducido por una persona cuyo permiso de conducción tiene menos de un año de antigüedad.
En su apartado segundo se determina que los conductores de los vehículos que deban llevar esta señal no podrán circular a velocidad superior a 80 kilómetros por hora, sin perjuicio de que deban respetar las velocidades inferiores establecidas en razón de otras condiciones personales del conductor, del vehículo o de la vía.
Esta limitación de velocidad para los conductores noveles de 80 kilómetros por hora durante su primer año de conducción se estableció en el año 1974, cuando existían unas condiciones en las vías públicas, en los vehículos y en la calidad de la enseñanza sobre seguridad vial muy diferentes a las de ahora.
En aquel momento, la red de carreteras principales contaba con muy pocas autopistas y autovías y las carreteras secundarias tenían un firme muy deteriorado y con escasas conexiones principales. Por el contrario, en la actualidad en España hay más de 12.000 kilómetros de carreteras principales, autovías y autopistas, que se han construido utilizando las últimas técnicas en materiales y trazado, lo que contribuye a que sean más seguras.
La nueva red de carreteras, constituida en gran parte por autopistas y autovías, deja obsoleta la limitación de velocidad en 80 kilómetros por hora para los conductores noveles. Resulta un contrasentido que en las autopistas y autovías, en las que no se puede circular a menos de 60 kilómetros por hora, por motivos de fluidez del tráfico, se obligue a determinados conductores a circular a una velocidad solo ligeramente superior."




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