Mercancías Peligrosas

 grupo carballo, acceso desde dispositivos movilesEl Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, establece, en su artículo 33, que la conducción de vehículos que transporten materias peligrosas, cuando así lo requieran los correspondientes marginales del Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR) o de la Reglamentación española reguladora del Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera (TPC), queda sometida a la obtención de una autorización administrativa especial que habilite para ello, en su artículo 34.b), que para obtener dicha autorización especial será necesario haber realizado con aprovechamiento un curso en un centro de formación autorizado por la Dirección General de Tráfico, y, en el artículo 36.2, que, para prorrogar la vigencia de la mencionada autorización especial,será necesario haber seguido con aprovechamiento un curso de actualización y perfeccionamiento en un centro de formación igualmente autorizado por la Dirección General de Tráfico. Consulta nuestro catálogo de cursos.

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